El Tribunal Supremo, en un Auto con fecha 6 de mayo, y que ha sido notificado a las partes recurrentes, ha resuelto inadmitir, por un defecto de forma en el recurso planteado, los recursos de casación interpuestos en su día por la Diputación Foral de Guipúzcoa y las Juntas Generales contra la sentencia del TSJ del País Vasco, que declaró ilegal por dos veces la norma que establece el cobro de un peaje a los más de 10.000 camiones que diariamente transitan por la N-1 y la A-15, y que han seguido aplicando bajo la excusa de que dicha decisión no era firme hasta el pronunciamiento del Alto Tribunal.

Así, en el peor de los escenarios que podían esperar ambas instituciones guipuzcoanas, el Supremo inadmite la posibilidad de casación al existir un defecto de forma en la presentación del recurso, que según se señala en el Auto “carece de los requisitos mínimos exigibles para que proceda su admisión”, con el agravante además de que no cabe recurso alguno contra dicha decisión. lo que supone en la práctica la eliminación y supresión definitiva de los peajes en dicho territorio.

Esta sentencia supone la paralización definitiva del cobro de los peajes “ilegales” y “discriminatorios” que durante los 3 últimos años se vienen exigiendo a los transportistas. Además, la sentencia no sólo obligará a la Diputación de Guipúzcoa a la paralización inmediata del cobro de los peajes, sino que también se abre la puerta a que los transportistas puedan recuperar todo el importe “indebidamente” recaudado durante sus 3 años y medio de vigencia.

La decisión del Tribulas supremo llega en pleno debate a nivel nacional en relación a la propuesta del Gobierno de implantar peajes en todas las autovías españolas, que cuenta con el rechazo inicial de las asociaciones del sector del transporte.

 

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