Si el pasado 22 de septiembre el Congreso de los Diputados dio un paso notable para poner coto a la morosidad con la aprobación por 344 votos a favor, ninguno en contra y una abstención una propuesta de reforma de la Ley de Morosidad para establecer un régimen sancionador a quienes dilaten sus plazos de pago por encima de lo estipulado en la norma, hoy, 28 de septiembre, ha sido el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana quien ha movido ficha.

El gabinete que dirige José Luis Ábalos ha colgado en la página web del Ministerio el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, un texto que contempla el establecimiento de un régimen sancionador específico para el sector del transporte por carretera.

La iniciativa sirve para cumplir uno de los compromisos adoptados por la Administración a principios del pasado verano, gracias a los cuales las principales organizaciones de transportistas desconvocaron en paro nacional de transporte que estaba previsto para la última semana del mes de julio.

El Ministerio somete ahora a consulta pública (participa aquí) un texto en el que se afirma que será sancionado todo retraso en el pago que supere el plazo máximo legal de 60 días, graduándose la cuantía de la sanción en función del importe del pago retrasado. Así, si el importe de la factura no excede los 2.000 euros, la sanción no podrá superar dicho importe, circunstancia que se reproduce si el cobro pendiente es inferior a los 4.000 euros. Para facturas impagadas de más de 4.000 euros, la sanción puede llegar hasta los 6.000.

El anteproyecto se tramitará por vía de urgencia en su fase administrativa (el proceso de consulta pública está abierto hasta este viernes, 2 de octubre). Posteriormente, será remitido al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria. Y es precisamente en este punto donde surgen las dudas de algunos transportistas.

En este sentido, Fenadismer ha hecho público un comunicado en el que muestra su preocupación por el hecho de que “el proyecto de ley que ya tramita el Parlamento pudiera afectar negativamente a la aprobación definitiva del proyecto normativo promovido por el Ministerio, al estar más adelantado en el trámite parlamentario el otro proyecto de régimen sancionador”.

 

Fuente: todotransporte.com