El Boletín Oficial del Estado ha publicado ya la Sentencia de 28 de septiembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso 1/317/2019, interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra el artículo 2, apartado veintidós del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas complementarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera (descarga aquí el documento del BOE).

La sentencia supone la anulación del artículo del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres que establece el requisito de contar con al menos un vehículo que no supere la antigüedad de cinco meses para obtener una licencia de transporte público de mercancías. El tribunal ha tomado esta decisión al estimar un recurso de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

El Supremo concluye “que el requisito cuestionado supone una injustificada barrera de acceso a la actividad en el sector del transporte que, además, introduce una evidente distorsión en el mercado y afecta a la competencia efectiva, al exigir a quienes intenten convertirse en nuevos operadores los sobrecostes correspondientes a la adquisición de un vehículo de una antigüedad no superior a cinco meses, en claro beneficio de aquellos operadores ya instalados en el mercado y todo ello sin que se haya demostrado la existencia de una razón imperiosa de interés general que haga necesario introducir en la normativa reguladora la referida medida limitativa”.

La consecuencia práctica e inmediata es que desde el día de hoy las Direcciones Generales de Transporte de las Comunidades Autónomas están obligadas a aplicar la referida sentencia y, en consecuencia, a conceder las autorizaciones de transporte que se soliciten sin cumplir dicho requisito de antigüedad, sea cual sea la edad del vehículo de transporte de mercancías con el que se pretenda acceder.

Así las cosas, desde Fenadismer instan al Ministerio de Transportes a que acelere la tramitación de una nueva regulación de acceso al sector, que establezca nuevos requisitos medioambientales y de capacidad económica para poder acceder al sector del transporte de mercancías por carretera en España, «de modo análogo a como se regula en otros países de nuestro entorno».

Fuente: todotransporte.com