A finales de 2018 se dictó la primera sentencia de un Juzgado de Primera Instancia frente a una reclamación planteada contra el cártel de fabricantes de camiones por fijar precios de forma ilícita y acordada y reclamando una compensación económica a los transportistas que compraron camiones de las marcas implicadas bajo esos acuerdos. Desde entonces se han ido emitiendo un importante número de sentencias por diferentes Juzgados de Primera Instancia de toda España, con resultados contradictorios y en algunos casos desfavorables a los intereses de los reclamantes; en la mayoría de los casos porque los informes periciales que acompañan la demanda y que determinan el importe del daño a reclamar, no estaban suficientemente motivados y adolecían de falta de rigor técnico. Cabe recordar que el denominado cártel de fabricantes a los que la UE les impuso una multa de 3.000 millones de euros y abrió la puerta a decenas de litigios particulares, estaba formado por Daf, Mercedes-Benz, Iveco, Man, Renault-Volvo y, posteriormente, Scania.

Por esta razón, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España, Fenadismer, ha recomendado a los transportistas que “huyan de los “triunfalismos” de que hacen gala algunos despachos jurídicos al hacer públicas sólo las sentencias favorables, insistiendo por ello en la necesidad de ser cautelosos y prudentes en esta compleja reclamación judicial, teniendo en cuenta que su resolución final conllevará una larga batalla judicial hasta que el Tribunal Supremo unifique los criterios judiciales a aplicar, lo que aún tardará varios años en su resolución final”.

Se da la circunstancia que en aquellos casos en que los Juzgados han estimado favorablemente las pretensiones de los reclamantes, posteriormente han sido revisadas en muchas ocasiones por las Audiencias Provinciales tras los correspondientes recursos de apelación presentados, cuestionando el método utilizado y resultado obtenido para la fijación del importe de la indemnización a abonar a la empresa transportista reclamante.

 

Fuente:Todotransporte.com